Radio Bío Bío analizó una serie de compras de la Presidencia de la República y detectó adquisiciones con “urgencia” a través de Mercado Público utilizando como contexto el cambio de mando. No obstante, las fechas de envío de las órdenes de compra se generaron con posterioridad al 11 de marzo. Desde La Moneda entregaron sus descargos argumentando que buscaron “regularizar los tratos directos”.
Son seis las órdenes de compra que existen por el cambio de mando del Presidente Gabriel Boric. Más allá de los montos y los ítems en que se gastó, hay un elemento que llama la atención: la fecha de envío de las órdenes de compra y la utilización de la glosa de urgencia para realizar trato directo con una empresa que entregó otro tipo de servicios.
Este ítem de cambio de mando fue creado a fines del primer mandato de Michelle Bachelet, y se incluyó en la Ley de Presupuestos con la intención de que no se generarán pagos indebidos en el traspaso de administración.
En este caso, todas las órdenes de compra analizadas por Radio Bío Bío tienen fecha posterior al evento, situación que según Mercado Público no debería ocurrir. “Las adquisiciones se formalizan mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor. Es necesario que previo a la entrega del producto y/o servicio se realice la aceptación de la OC”, consigna la web.
La OC N°776-409-SE22 por servicio de alimentación para el cambio de mando de la empresa AMBROSIA RESTAURANT SPA, es por un monto de $9.456.250 y tiene como fecha 30 de marzo. 19 días después del cambio de mando.
Otro ejemplo es la OC N° 776-436-SE22 por servicio de iluminación robotizada para el cambio de mando de la empresa DISENO & AUDIOVISUAL DELIGHT LAB LIMITADA por un monto de $9.520.000. Donde nuevamente la fecha es posterior al 11 de marzo: 14 de abril
También existe una por arriendo de toldos y sillas por $23.324.000 a la empresa SONIDONEGRO PRODUCCIONES SPA, con fecha 19 de abril. Y otras dos con fecha 27 del mismo mes. Una de la empresa es Producciones y Tecnología AVH SpA por la producción general del cambio de mando por $129.088.436. Y la segunda es a la empresa WF PRODUCCIONES SPA por el monto de $63.574.737.
TRATO DIRECTO
La sexta orden de compra N°776-435-SE22 a la empresa EXPONENTIAL INGENIERÍA SPA. Además de tener como fecha 8 de abril, aparece que es un estudio cualitativo en el marco del cambio de mando presidencial 2022 . Y aparece: “Orden de Compra Emergencia, urgencia o imprevisto”.
Al revisar el Decreto 250, que aprueba el reglamento de la ley Nº19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministros y prestaciones de servicios, se explica que hay solo siete instancias en las que se puede realizar una licitación privada o de trato directo. Una de ellas, el caso de urgencia.
“En casos de emergencia, urgencia o imprevisto, calificados mediante resolución fundada del jefe superior de la entidad contratante, sin perjuicio de las disposiciones especiales para los casos de sismo y catástrofe contenida en la legislación pertinente”, señala la normativa.
También existen otras posibilidades. Si en una licitación pública no existieron interesados, si se trata de contratos que correspondieran a la realización o terminación de un contrato, si sólo existe un proveedor. Otro caso es si la persona jurídica es extranjera, si se tratara de “servicios de naturaleza confidencial o cuya difusión pudiere afectar la seguridad o el interés nacional, los que serán determinados por decreto supremo”. Finalmente, cuando por la naturaleza de la negociación existan circunstancias que “hagan del todo indispensable acudir al Trato o Contratación Directa”.
VEA ORDEN DE COMPRA:
RESPUESTA DE PRESIDENCIA
La Unidad de Investigación de la Radio Bío Bío consultó a la Presidencia de la República por las fechas de las órdenes de compra y la adquisición de una encuesta bajo el contexto del cambio de mando.
Al respecto, señalaron que:
1. La partida presupuestaria de la Presidencia de la República contempla cada cuatro años la glosa excepcional y específica relativa al Cambio de Mando, que establece que con cargo a dichos fondos se podrán efectuar todo tipo de gastos relacionados con el Cambio de Mando Presidencial;
2. En consideración a la complejidad inherente a los cambios de mando, en los que existe un gobierno saliente y otro entrante que deben organizar simultáneamente actividades; el año 2018 la Presidencia de la República consultó a la Contraloría General de la República si las contrataciones podían realizarse sin acudir al sistema de compras públicas (ley N°19.886 y su reglamento), para facilitar las gestiones.
3. En respuesta, la Contraloría General de la República, en su Dictamen N°4933, de 2018, señaló que respecto de la citada partida presupuestaria y del Cambio de Mando Presidencial correspondía acudir a las vías excepcionales de contratación, mediante licitación privada o trato directo, indicando que podían fundarse en razones de urgencia (casual establecida en el artículo 8 letra c) de la ley N°19.886, y en el artículo 10 N°3, del Decreto Supremo N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda). Ello, en atención al breve lapso dispuesto para ejecutar los fondos de la referida glosa presupuestaria y a su excepcionalidad. (ESTO EXPLICA EL USO DE LA CAUSAL URGENCIA)
4. A pesar de lo establecido en dicho Dictamen, la administración anterior pagó todos los bienes y servicios del Cambio de Mando 2018, que se habían contratado y prestado antes y después del 11 de marzo, a través de resoluciones exentas que ordenaban el pago. Es decir, como adquisiciones fuera del sistema de compras públicas. Debido a ello, no existen órdenes de compra asociadas a dichas contrataciones y sólo pueden consultarse en el portal de transparencia las correspondientes resoluciones exentas: https://transparenciaactiva.presidencia.cl/2018/otras_compras.html
5. En consideración a lo establecido en la glosa presupuestaria antes señalada, para el Cambio de Mando 2022 se invocó la causal de urgencia, de acuerdo a lo indicado por la Contraloría. Así, se procedió a regularizar los tratos directos para la adquisición de bienes y contratación de servicios.
6. En ese sentido, el subtítulo 24, ítem 03 asignación 703, glosa 07, de la Ley N°21.395 de Presupuestos del Sector Público para el año 2022, señala específicamente: “Con cargo a estos recursos se podrá efectuar todo tipo de gastos, incluso en personal y bienes y servicios de consumo, que tengan directa relación con las actividades vinculadas al Cambio de Mando Presidencial.” Cabe destacar que la ley permite efectuar todo tipo de gastos, incluso en personal y bienes y servicios de consumo, lo que se verifica en la especie.
7. La interpretación realizada por la Contraloría en 2018 es únicamente para todos aquellos servicios, en personal y bienes y servicios de consumo, contratados con ocasión al cambio de mando que ocurre en nuestro país cada 4 años. En su Dictamen, estableció que el inicio de estos servicios corresponde al momento en que el presidente es proclamado por el Tribunal Calificador de Elecciones.
8. En consideración a lo señalado, se contrató a Chiletendencia SpA para el servicio de Estudio de Opinión Pública en el marco del Cambio de Mando, que precisamente tuvo por objeto recoger la opinión de la ciudadanía respecto del Cambio de Mando 2022, con el fin de entregar insumos para determinar las actividades que este comprendería y su planificación. Dicha contratación se regularizó mediante la Resolución Exenta N°498, de 2022.
Fuente: biobiochile.cl